Autorización para el uso de artículos pirotécnicos en manifestaciones festivas

Autorización de los Delegados o Subdelegados del Gobierno a petición de los ayuntamientos del uso de pirotecnia durante la celebración de manifestaciones festivas reconocidas como de carácter religioso, cultural o tradicional.

TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO

Autorización para el uso de artículos pirotécnicos en manifestaciones festivas

ÓRGANO RESPONSABLE

Subdelegación del Gobierno en Valencia

CONTENIDO

La Instrucción Técnica Complementaria número 18 “Manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales” del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, regula, por una parte, la autorización para el uso de artículos pirotécnicos en las manifestaciones festivas, cuya competencia corresponde a la Delegación del Gobierno, y de otra, la autorización del evento de la manifestación festiva, cuya competencia atribuye al Ayuntamiento de la localidad en la que se va a realizar el acto.

El solicitante de este procedimiento denominado “uso de artículos pirotécnicos en las manifestaciones festivas”, únicamente puede ser el Ayuntamiento, por lo que el formulario de la solicitud deberá ser cumplimentado y presentado, en todo caso, por el Ayuntamiento. Previamente a esta solicitud, la entidad organizadora de la manifestación festiva, en caso de que el Ayuntamiento no sea el propio organizador del festejo, habrá presentado al Ayuntamiento la solicitud de autorización para el acto de la manifestación festiva con la documentación requerida al efecto en la citada norma.

Se distinguen dos tipos de manifestaciones festivas con tramitación diferente:

  • Manifestaciones festivas en las que se van a usar menos de 50 kg. de materia reglamentada

En este caso, el Reglamento establece la obligación del Ayuntamiento de la localidad en la que se va a celebrar el acto la comunicación a la Delegación del Gobierno el uso de artículos pirotécnicos en el acto aportando determinada documentación.

Presentada la documentación completa y de forma válida (ver apartado “INSTRUCCIONES”), se entenderá autorizado salvo denegación expresa.

  • Manifestaciones festivas en las que se van a usar más de 50 kg. de materia reglamentada.

En este tipo de manifestación festiva sólo podrá hacerse uso de los artículos pirotécnicos con autorización expresa de la Delegación del Gobierno, previo informe del Área Funcional de Industria y Energía, a cuyo efecto el Ayuntamiento debe presentar la solicitud de autorización acompañada de determinada documentación (ver apartado “INSTRUCCIONES”)

Para ambos tipos, el Reglamento establece el plazo de presentación de la solicitud del Ayuntamiento a la Delegación del Gobierno con una antelación mínima de 15 días hábiles.

Por otra parte, una vez que el Ayuntamiento obtiene la autorización del uso de artículos pirotécnicos por la Delegación del Gobierno, el Ayuntamiento autorizará el evento, siendo responsable de la custodia del seguro de responsabilidad civil o garantía financiera suscrito por el organizador del acto, así como de la salvaguarda de las medidas de seguridad y organización que tenga atribuidas en el ámbito de sus competencias.

INSTRUCCIONES

Con el fin de facilitar la presentación de la documentación, se han elaborado modelos normalizados de varios de los documentos que se citan en los apartados del Formulario de solicitud.

A continuación se pone a su disposición el Documento que consta de cuatro modelos normalizados, denominados con el mismo nombre que el Apartado del Formulario en el que se debe adjuntar una vez se haya cumplimentado, con excepción del primero de ellos en el que se indica el apartado concreto en el que se debe adjuntar:

Documento Comunicación/Solicitud para el uso de artículos pirotécnicos en manifestaciones festivas:

  • Modelo “Características”. (Adjuntar en el apartado Documentación adicional)
  • Modelo “Relación de los tipos de artificios, descripción de su funcionamiento, NEC por artificio y total"
  • Modelo “Instrucciones de utilización tradicional de los artificios pirotécnicos”.
  • Modelo “Programa detallado del acto, lugar, recorrido y horario”. Sólo rellenar en el caso de uso de más de 50 kg.

En el caso de que se utilicen artículos pirotécnicos sin marcado CE, se debe adjuntar el documento en el apartado del Formulario “Resolución de autorización del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para los artificios no CE”.

En las solicitudes de uso de más de 50 kg. de artículos pirótecnicos en manifestaciones festivas, se acompañará el justificante de liquidación de Tasa código 054 (seleccionar la opción “Base W”, y rellenar el campo de ”Cantidad” introduciendo el dato “501” cajas/envase).