Autorizacion de uso de armas reglamentadas incluidas las de avancarga en lugares no autorizados
Autorización del uso de armas reglamentadas que tenga lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro autorizados, o espacios permitidos por las autoridades competentes (Proc: 348; SIA: 204802)
TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO
AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS REGLAMENTADAS INCLUIDAS LAS DE AVANCARGA, EN LUGARES NO AUTORIZADOS
SUMARIO
Armas de avancarga con uso de pólvora (trabucaires)
- La solicitud deberá ser presentada con al menos 30 días de antelación
- Se solicitará informe a la Intervención de Armas y al Área de Industria y Energía
- Deberá aportarse la autorización del Ayuntamiento y el programa detallado del acto
- Todos los participantes serán Porteadores-Tiradores
- Máximo pólvora consumida/tirador: máximo 1 kg por tirador y acto, comprada individualmente en depósitos o armerías autorizados
- Almacenaje de pólvora en cantimploras: Permitido con las condiciones ITC – 26
- Será necesario aportar la póliza de responsabilidad civil (seguro)
- Se deberá aportar, además, un documento en el que se detallen las medidas de prevención y protección, así como las medidas de seguridad y emergencia previstas
- Es requisito de este procedimiento aportar un certificado de formación o de tener una experiencia de dos o más años en actuaciones en actos de arcabucería
- Deberá aportarse también documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad organizadora
- Será imprescindible rellenar y subir al procedimiento, debidamente cumplimentado, el Anexo 1, el cual se encuentra a su disposición en el mismo
Uso de armas en espectáculos públicos (rodajes, filmaciones, obras de teatro, etc.)
- La solicitud se presentará con al menos quince días hábiles de antelación
- Para acceder a este procedimiento deben NO marcar la casilla "Uso de armas de avancarga y pólvora negra", lo que dará inicio a un procedimiento abreviado basado únicamente en el Reglamento de armas.
- Documentación necesaria:
- Información sobre el acto (fecha, lugar, motivo, etc.)
- Listado de las personas responsables y de las armas que se utilizarán
- Medidas de seguridad previstas
Común a todos los procedimientos
- Es obligatorio e imprescindible aportar toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente, es decir:
- De no aportarse toda la documentación necesaria, se requerirá al solicitante para que subsane la solicitud en un plazo de diez días hábiles.
- A la hora de realizar la solicitud electrónica en SEDE se deberá disponer de un certificado electrónico de persona física, o de representante de persona jurídica.
- NINGUNO DE ESTOS PROCEDIMIENTOS REQUIERE EL PAGO DE TASA
ÓRGANO RESPONSABLE
UNIDAD DE AUTORIZACIONES E INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BARCELONA