Autorizacion de uso de armas reglamentadas incluidas las de avancarga en lugares no autorizados

Autorización del uso de armas reglamentadas que tenga lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro autorizados, o espacios permitidos por las autoridades competentes (Proc: 348; SIA: 204802)

SUMARIO

  • Una vez presentada la solicitud se solicitará informe a la Intervención de Armas y explosivos de la Guardia Civil.
  • A la hora de realizar la solicitud electrónica en SEDE se deberá disponer de un certificado electrónico de persona física, o de representante de persona jurídica.

INFORMACIÓN

Manifestaciones Festivas con uso de armas de avancarga:

  • Extracto de normativa básica aplicable:

          RD130/2017 Reglamento de Explosivos y en especial: ITC26 en los casos que hya uso de armas de avancarga y pólvora negra

          RD 137/93 Reglamento de Armas y en especial: Art.88-96-107-149.3

  • Información de interés:

Según se vaya a realizar uso de armas de avancarga con pólvora negra o no la documentación a aportar y los plazos diferirán.

Armas de Avancarga con uso de pólvora

- Solicitud con al menos 30 días de antelación

- Se solicita informe a la Intervención de Armas así como al Área de Industria

- Aportación de la autorización del Ayuntamiento

- Permite la existencia de Porteadores, además de Tiradores

- Máximo pólvora consumida/tirador: La necesaria, previa justificación y con los porteadores necesarios asociados

- Máximo pólvora portada/tirador o porteador: 2kg

- Almacenaje de pólvora en cantimploras: Permitido con las condiciones ITC26

                    - La resolución de autorización incluirá al menos la relación de participantes autorizados, la cantidad de pólvora que están autorizadas para consumir y adquirir en los actos de la recreación histórica, el lugar y espacio de celebración e itinerario en el que se vaya a hacer uso de la pólvora y de las armas de avancarga, la fecha y el horario de realización de cada acto; el proveedor y depósito autorizado de suministro y el lugar, emplazamiento y fechas de reparto de pólvora a con indicación de la persona responsable de la entidad organizadora encargada del reparto y recogida de la pólvora sobrante y, en su caso, medidas de seguridad u otras condiciones de distribución, almacenamiento, tenencia y uso.

Resto de armas sin uso de pólvora

- Solicitud con al menos 15 días de antelación

- Se solicita informe al Ayuntamiento (en caso de disponer de la autorización se recomienda adjuntarla en documentación adicional)

- Se solicita informe a la Intervención de Armas