Autorización para establecimientos de venta o comercialización al público de artículos pirotécnicos

Autorización para la instalación del establecimiento de venta de artículos pirotécnicos o para el funcionamiento de un establecimiento ya instalado.

 
SUMARIO
  • El procedimiento se inicia con la petición de la autorización correspondiente, para la instalación/modificación o funcionamiento, de un establecimiento de venta de artículos pirotécnicos de tipo permanente o temporal.
  • La solicitud podrá ser presentada por el interesado o por su representante, en este caso se deberá indicar si representa a un particular o a una empresa y se adjuntará la acreditación correspondiente.
  • La notificación se realizará por medios telemáticos, salvo que el interesado y el representante, si lo hubiese, sean personas físicas, en cuyo caso se podrá optar por la notificación postal.

 

                                                    AVISO:  Firma electrónica

 

Se ha detectado que al finalizar el proceso de firma de la solicitud telemática, en ocasiones se produce el siguiente mensaje  ‘Error:  http: 501’.

En el caso de que aparezca el mensaje de Error, SE RUEGA que, antes de rellenar una nueva solicitud, se compruebe que la solicitud ha sido finalizada y enviada. La comprobación se realiza en el apartado de “MIS EXPEDIENTES” de la Sede Electrónica.  De esta forma, se evita la presentación duplicada de solicitudes idénticas.