Autorización de los tratamientos de eliminación/inertización, reciclaje/reutilización de materia reglamentada

Autorización de los procedimientos utilizados por las empresas de explosivos, pirotecnia o cartuchería para la eliminación o inertización así como el reciclaje o reutilización de los artículos pirotéccnicos, cartuchería o materia reglamentada según normativa

SUMARIO

  • Un representante de la empresa fabricante taller o depósito de explosivos, pirotecnia o cartuchería solicita la autorización para los tratamientos de inertización o reciclaje de la materia reglamentada ante el Delegado o Subdelegado del Gobierno, así como la documentación relativa a dichos procedimientos conforme a la Instrucción Técnica Complementaria número 12 del Reglamento de Explosivos o el de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería según corresponda.

  • En vista de la solicitud y documentación presentada se autorizará, denegará o solicitará información adicional.

  • La autorización podrá recoger condicionantes adicionales en función de factores como el método elegido de eliminación o inertización, reciclaje o reutilización y la ubicación de las instalaciones.

  • La validez de la autorización estará condicionada al cumplimiento de los procedimientos establecidos y las condiciones adicionales impuestas por la Delegación del Gobierno.