Espectáculos con Artificios Pirotécnicos y disparo de artículos P2 y T2

Obtener autorización para la realización de espectáculos pirotécnicos ejecutados por expertos o la autorización para el disparo de artículos P2 y T2

 

TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO

Espectáculos con Artificios Pirotécnicos realizados por expertos.

ÓRGANO RESPONSABLE

Delegación del Gobierno en Navarra. Autorizaciones Administrativas.

Correo electrónico de contacto: autorizaciones.navarra@correo.gob.es

CONTENIDO

La Instrucción Técnica Complementaria número 8 “Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos” del Reglamento de Pirotecnia y Cartuchería aprobado RD 989/2015 de 30 de octubre, distingue tres tipos de espectáculos:

  • A: Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos cuyo NEC (contenido neto explosivo) sea superior a 10 kg. e inferior o igual a 50 kg.
  • B: Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos cuyo NEC sea superior a 50 kg. e inferior o igual a 100 kg.
  • C: Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos cuyo NEC sea superior a 100 kg.

La documentación necesaria para cada tipo de espectáculo aparece en el Anexo II de la ITC8, no obstante en el proceso de presentación de la solicitud en ACCEDA, se le indica donde anexar cada documento.

Para los espectáculos tipo A Y B:

- Será necesaria la NOTIFICACIÓN CON DECLARACIÓN RESPONSABLE de que dispone de todos los documentos necesarios para este tipo de espectáculos (disponible en el anexo I de la ITC 8) firmada por la entidad organizadora y por la empresa pirotécnica encargada de la realización del espectáculo, con una antelación mínima de 10 días hábiles a su celebración.

- De acuerdo con el art 69 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Los requisitos a los que se refiere el párrafo anterior deberán estar recogidos de manera expresa, clara y precisa en la correspondiente declaración responsable. Las Administraciones podrán requerir en cualquier momento que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y el interesado deberá aportarla.

Para espectáculos del tipo B, es obligatorio presentar del Plan de Seguridad.

Para los espectáculos tipo C:

- Será necesaria AUTORIZACIÓN EXPRESA de la Delegación del Gobierno que la entidad organizadora del espectáculo deberá presentar la solicitud correspondiente con una antelación mínima de 15 días hábiles a su celebración, junto con los documentos que establece la citada ITC8.

Documentación necesaria:

  • Documento acreditativo de la conformidad de la Autoridad Competente o propietaria del suelo en la localidad para el disparo de los artificios, en el que se especifique además el NEC.
  • Distancias de seguridad. Firmado por la Entidad Organizadora.
  • Certificación de la compañía aseguradora o entidad financiera de la constitución de la correspondiente garantía para cubrir su responsabilidad civil suscrita por la entidad organizadora.
  • Certificación de la compañía aseguradora o entidad financiera de la constitución de la correspondiente garantía para cubrir su responsabilidad civil suscrita por la empresa de expertos.
  • Relación de artificios pirotécnicos a disparar, detallando tipo, ángulo de lanzamiento previsto, número, y NEC por artículo, tanto para los artículos con marcado CE, como los de fabricación propia sin marcado CE, y el total del conjunto. Tiempo previsto para el disparo de cada sección o conjunto homogéneo. Secuencia del disparo por secciones con el orden de las mismas, incluyendo su esquema en representación gráfica y simbólica
  • Plan de Seguridad. Firmado por personal técnico competente en materia de planes de seguridad.
  • Plan de Emergencia. Firmado por personal técnico competente en materia de planes de seguridad.
  • Identificación de los expertos y aprendices que intervendrán en el espectáculo, así como sus posibles suplentes, con copia de los carnés o certificados de aptitudes correspondientes, así como la identificación de la persona designada como encargado durante el desarrollo del espectáculo, o su posible suplente.
  • Declaración responsable por parte del empresario titular de la empresa de expertos de cumplir los requisitos establecidos en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo, para la actividad propia del disparo y en particular para el espectáculo previsto.
  • Documento laboral que justifique la situación de alta en la empresa, de los expertos y aprendices.(o compromiso de su alta en S.S. en su caso).
  • Justificante de ingreso de la Tasa código 054. "Ejemplar para la Administración" firmado. (Pestaña de TASAS de esta SEDE)