Información de interés por COVID 19: Si le ha caducado su documentación.
Con el fin de aportar la debida seguridad jurídica exigida ante la situación generada por la crisis sanitaria y evitar que los extranjeros puedan encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida, la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo del Ministerio de Sanidad acuerda prorrogar de forma automática todas aquellas autorizaciones que hayan vencido durante la vigencia del estado de alarma, así como de aquellas que vencieron en los tres meses previos a su declaración.
Dicha prórroga automática surtirá efectos a partir del día siguiente al de la caducidad de la autorización y se extenderá durante los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.
De igual forma, queda prorrogada, por idéntico período, la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión y las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración.
Por este motivo, aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentren incluidos en los supuestos arriba mencionados, verán ampliado el plazo para renovar su autorización de residencia o estancia en España, así como la Tarjeta de Identidad de Extranjero. De este modo, no será necesario que soliciten una cita previa al efecto, de manera inmediata.
Para mayor información, pueden consultar la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo del Ministerio de Sanidad.